Ley 70: la norma que garantiza bienestar y respeto hacia los animales domésticos

Ley 70, promulgada en Panamá el 12 de octubre de 2012, significó un hito en la historia de la protección y bienestar animal en el país. Esta legislación, titulada oficialmente Ley de Protección a los Animales Domésticos, busca garantizar un trato digno, responsable y ético hacia los animales, regulando aspectos como la experimentación, los criaderos, el comercio, las obligaciones de los dueños y las sanciones correspondientes para quienes infrinjan la norma.

A lo largo de más de una década, la Ley 70 se ha consolidado como una herramienta legal y educativa que no solo penaliza el maltrato, sino que también promueve un cambio cultural incentivando el respeto hacia los seres vivos que comparten nuestro entorno.

Origen y alcance de la Ley 70

La Ley 70 surgió en respuesta a la creciente preocupación social por los casos de maltrato y abandono de animales domésticos. Antes de su aprobación, Panamá carecía de un marco legal robusto que abarcara desde la tenencia responsable hasta la regulación del comercio y la experimentación.

Este instrumento legal no se limita a castigar las conductas de crueldad, también establece obligaciones para los propietarios, entre ellas, el proveer alimento adecuado, la atención veterinaria, espacios seguros y compañía.

En su artículo 2 se define “trato digno” como las medidas tomadas para evitar dolor y sufrimiento a los animales durante diversas etapas de su vida. De esa manera la Ley 70 reconoce que los animales domésticos no son objetos, sino seres vivos con necesidades que deben ser cubiertas para evitarles sufrimiento innecesario.

Además, la ley abarca a todos los animales domésticos y domesticados, incluyendo perros, gatos, aves, caballos y animales de granja criados con fines productivos o recreativos, garantizando que las disposiciones no se circunscriban únicamente a las mascotas de compañía.

Reglas y control sobre experimentación y criaderos en el siglo XXI

Uno de los aspectos más avanzados de la Ley 70 es su Capítulo II, que regula la experimentación con animales. Allí se establece que solo se permite cuando no exista una alternativa científica viable que reemplace el uso de animales vivos y prohíbe tajantemente las pruebas con fines cosméticos o comerciales.

En el caso de que la experimentación sea inevitable, es necesario cumplir protocolos estrictos para minimizar el dolor y el sufrimiento, incluyendo la obligación de aplicar métodos de eutanasia humanitaria cuando la circunstancia lo amerite.

Por otro lado, en el Capítulo III, esta legislación aborda el funcionamiento de los criaderos y comercios de animales. Entre sus exigencias están:

  • Suministrar condiciones de higiene y espacio adecuadas.
  • Garantizar una alimentación equilibrada, y atención veterinaria preventiva y curativa.
  • Llevar un control reproductivo para evitar la sobrepoblación.
  • Realizar comercio de animales únicamente en locales debidamente autorizados, impidiendo su venta en vías públicas o en condiciones de insalubridad.

Este apartado busca frenar la proliferación de criaderos clandestinos y combatir la cría indiscriminada que genera abandono y sobrepoblación.

Sanciones y medidas correctivas para un cambio cultural

La Ley 70 incorpora un sistema de sanciones cuyo alcance va más allá de multas de carácter económico. De acuerdo con la gravedad de la infracción, el trasgresor puede enfrentar:

  • Multas que varían según la falta cometida.
  • Obligación de realizar trabajo comunitario en albergues o campañas de protección animal.
  • Cursos obligatorios sobre tenencia responsable y derechos de los animales.

En casos de mayor gravedad o cuando hay reincidencia, la autoridad competente puede rescatar al animal maltratado y trasladado a un albergue municipal o sociedad protectora para para su custodia, atención y seguridad (artículo 18). Es un caso así, los gastos en que se incurra serán cubiertos por el propietario o responsable del animal doméstico.

Este enfoque combina el castigo con la reeducación, buscando que las sanciones no solo disuadan el maltrato, sino que también impulsen un cambio de conciencia.

Una norma que promueve la sana convivencia

La Ley 70 dedica dos artículos a aspectos clave para garantizar no solo la protección animal, sino también la sana convivencia entre personas y mascotas. El artículo 11 obliga a que todos los perros y gatos lleven una placa u otro elemento de identificación con el nombre del animal y el número telefónico de su dueño. Más que un simple requisito legal, es una medida que permite localizar rápidamente al responsable en caso de extravío, accidente o incidente y evita sanciones.

Por otro lado, el artículo 12 se centra en los animales que viven en inmuebles bajo régimen de propiedad horizontal (PH). Allí, la norma señala que los dueños deben cumplir con reglas de higiene y atención establecidas por la asamblea de propietarios, además de lo indicado en la Ley 70 y el reglamento interno del edificio o conjunto. Esto busca asegurar que la tenencia responsable vaya de la mano con el respeto por el espacio y la tranquilidad de los vecinos.

Estos artículos muestran que la protección animal no se limita al cuidado físico de las mascotas, sino que también abarca la construcción de comunidades armónicas. Al identificarlas y respetar las normas de convivencia no solo se previenen conflictos, sino que se fortalece el vínculo entre humanos y animales, y se estimula un entorno más seguro y respetuoso para todos.

Retos y perspectivas a futuro

A pesar de sus avances, la aplicación plena de la Ley 70 enfrenta desafíos, como la falta de recursos para inspecciones, la necesidad de mayor capacitación en autoridades locales y la escasa denuncia por parte de la ciudadanía.

Adicionalmente, la venta de animales al margen de la ley, los criaderos no autorizados y la crueldad extrema todavía son una realidad. En este sentido, es fundamental fortalecer los mecanismos de vigilancia, denuncia y sanción, así como fomentar alianzas para mejorar las prácticas de bienestar animal.

Como es de notar, la Ley 70 de Panamá representa un paso firme hacia una sociedad más justa y empática con los animales. Su enfoque integral (que combina regulación, sanciones, educación y fomento de la responsabilidad ciudadana) la convierte en un referente regional.

Proteger a los animales no es solo un acto de compasión, sino una expresión de civilización y respeto por la vida. Cada esfuerzo por hacer cumplir la Ley 70 de Protección a los Animales Domésticos es un paso hacia un país más compasivo y un planeta donde todas las especies puedan convivir en equilibrio y dignidad.

 

Licda. Yolany L. Rodríguez A.
CEO & CMO – Chief Marketing Officer
PHPASS
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