En una ciudad siempre hay movimiento… y ruido. El ruido puede resultar animado y contagiar energía, pero cuando los decibeles se exceden, el entusiasmo pronto se convierte en una molestia difícil de tolerar. Para evitar que la música de un bar, la fiesta de un vecino o un evento público se vuelvan insoportables, en Panamá existe el Acuerdo Municipal N° 141.

Esta norma del 23 de septiembre de 2014 podría considerarse como la “batuta” que marca el compás del sonido urbano, con reglas claras para el uso de equipos de audio y sanciones para quienes las rompan. Veamos por qué.

¿Para qué existe el Acuerdo 141?

El objetivo principal del Acuerdo 141 es sencillo: evitar que el ruido afecte la salud, el descanso y la convivencia de las personas. No importa si el sonido proviene de un local, un evento en la vía pública o incluso de una reunión en casa; si sobrepasa los límites, puede haber sanción.

Esta regulación se aplica en todo el Distrito de Panamá y sus corregimientos. La Alcaldía, a través de su Dirección de Legal y Justicia, tiene la autoridad para dar permisos, imponer multas, decomisar equipos e incluso cerrar lugares si es necesario (Artículo 25).

El respaldo legal está contenido en otras normas nacionales, como la Ley 106 de 1973 y el Decreto Ejecutivo 306 de 2002, que definen límites de ruido permitidos y procedimientos de control.

Eventos con permiso, fiestas bajo control

El Acuerdo 141 deja claro que cualquier actividad en la que se utilicen equipos de sonido potentes, como discotecas, bares, conciertos al aire libre, ferias o festivales, necesita permiso municipal previo. La solicitud requiere que se presente con, al menos, diez días de anticipación y se debe pagar una tasa para eventos comerciales  de B/.50.00) y otra para eventos sociales, recreativos o benéficos de B/.20.00.

En el caso de reuniones familiares dentro de una residencia, no se exige permiso, siempre y cuando respeten los horarios establecidos: de lunes a jueves, entre 10:00 a.m. y 9:00 p.m.; viernes y sábado, hasta la medianoche; y domingos, de 10:00 a.m. a 10:00 p.m. Rebasar esos límites puede ser motivo de quejas vecinales y sanciones.

Por otra parte, existe una regla clave: si el sonido no se puede contener dentro del local (no puede mantenerse dentro del local sin filtrarse hacia el exterior), no se deben instalar equipos en balcones, terrazas o áreas externas (Artículo 9).

Cuando el volumen sale caro con permiso, fiestas bajo control

Incumplir con lo establecido en el Acuerdo 141 puede resultar más costoso de lo que imaginas. Dependiendo de la gravedad de la falta y de si existe reincidencia, las sanciones pueden ir desde multas de B/. 100 hasta B/. 500. En los casos más serios, las autoridades pueden decomisar los equipos, suspender temporalmente el local o, si se repite la infracción, ordenar el cierre definitivo.

Adicionalmente, si el ruido proviene de un evento que no ha sido autorizado debidamente, las autoridades cuentan con la potestad de actuar al momento, deteniendo la actividad, incautando el equipo y poniendo fin al escándalo en cuestión.

¡Qué la ley se escuche y se cumpla!

El Capítulo IV del Acuerdo 141 no se queda en simples palabras, sino que implementa mecanismos para que las reglas sobre el ruido realmente se apliquen en la vida diaria. Este apartado combina vigilancia, transparencia y educación, tres ingredientes clave para lograr una ciudad más tranquila.

  • Trabajo en equipo para hacer cumplir la norma: La Policía Nacional, la Vigilancia Municipal y los inspectores del municipio unen fuerzas para supervisar actividades ruidosas y, si es necesario, imponer sanciones en el momento. Así, la autoridad no solo actúa, sino que lo hace coordinadamente para evitar vacíos a través de los cuales el ruido puede salirse de control.
  • Informar para que todos lo sepan: Cuando un local es sancionado por exceso de ruido, esa información debe colocarse en un lugar visible del establecimiento y publicarse en la página web del municipio. De esta manera, la comunidad sabe que la norma está vigente.
  • Educar para prevenir: Más allá de las multas, el Acuerdo 141 impulsa campañas en escuelas, universidades y comunidades, en coordinación con la Alcaldía y el Ministerio de Salud, para explicar por qué el ruido excesivo impacta en la salud y la convivencia. La idea es sembrar conciencia desde pequeños y reforzarla en todas las etapas de la vida, para que el respeto por los demás también se mida en decibeles.

Y si mi vecino no me deja dormir…

El Acuerdo 141 también contempla a los residentes que sufren de ruidos molestos. La vía de acción es acudir a la Casa de Justicia y Paz o la Dirección de Legal y Justicia del municipio. Allí se recibe la queja, se investiga y, de ser necesario, se hace una medición oficial del ruido.

De ser confirmada la infracción, el juez de paz tiene facultades para mediar y llegar a un acuerdo, imponer multas o incluso hacer decomiso de los equipos. La idea es resolver el problema rápido y con la menor confrontación posible.

Ajustes recientes para un control más estricto

En 2025, la Alcaldía fortaleció esta normativa mediante el Decreto Alcaldicio N° 002-2025, el cual agiliza las denuncias y otorga mayores facultades a los inspectores municipales. Con esta actualización, ante una infracción grave, los funcionarios pueden intervenir de forma inmediata, sin tener que pasar por procesos burocráticos prolongados.

Esto significa que el control del ruido es una acción real y activa en Panamá.

En resumen, el Acuerdo 141 no pretende apagar la alegría ni frenar las actividades culturales o recreativas de los ciudadanos. Lo que busca es un equilibrio entre disfrutar de la ciudad y respetar el descanso de quienes habitan en ella.

En una urbe donde conviven bares, discotecas, mercados, familias y trabajadores que madrugan, el control del volumen es una forma de respeto mutuo. Así, este acuerdo se convierte en una herramienta clave para vivir en armonía, porque todos sabemos que, cuando el volumen se pasa de la raya, la fiesta de unos se vuelve tormento para otros.

Licda. Yolany L. Rodríguez A.
CEO & CMO – Chief Marketing Officer
PHPASS
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